SUPERINTENDENCIA TRIBUTARIA GENERAL


COMPETENCIA, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES

 

COMPETENCIA (D.S. 27350, Art. 3, inciso III, IV y V)

El Superintendente Tributario General tiene competencia en todo el territorio de la República; está a su cargo dirigir y representar la Superintendencia Tributaria General, con las atribuciones y funciones que le otorgan la Ley y el presente Decreto Supremo.
La estructura orgánica y funcional de la Superintendencia Tributaria General y las que corresponden a las Superintendencias Tributarias Regionales, serán aprobadas mediante Resolución Administrativa del Superintendente Tributario General, en aplicación de las atribuciones que le confiere el inciso i) del Artículo 139 del Código Tributario Boliviano.
Los procedimientos internos para el trámite de los recursos en la Superintendencia Tributaria serán aprobados por el SuperintendenteTributario General, en aplicación de las atribuciones que le confiere el inciso f) del Artículo 139 del Código Tributario Boliviano.

ATRIBUCIONES Y FUNCIONES (Ley 2492, Art. 139)

El Superintendente Tributario General tiene las siguientes atribuciones y funciones:

a) Dirigir y representar a la Superintendencia Tributaria General.
b) Conocer y resolver, de manera fundamentada, los Recursos Jerárquicos contra las Resoluciones de los Superintendentes Tributarios Regionales, de acuerdo a reglamentación específica;
c) Conocer y resolver la Revisión Extraordinaria conforme a lo establecido en este Código.
d) Dirimir y resolver los conflictos de competencias que se susciten entre los Superintendentes Tributarios Regionales;
e) Formular las políticas de desarrollo y controlar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas administrativos de la Superintendencia General y las Regionales;
f) Considerar y aprobar los proyectos de normas internas de la Superintendencia General y de las Superintendencias Regionales, así como dirigir y evaluar la gestión administrativa del órgano;
g) Suscribir contratos y convenios en nombre y representación de la Superintendencia Tributaria General para el desarrollo de sus actividades administrativas y técnicas;
h) Designar al personal técnico y administrativo de la Superintendencia Tributaria General y destituirlo conforme a las normas aplicables;
i) Aprobar y aplicar las políticas salariales y de recursos humanos de la Superintendencia Tributaria General y Regionales, en base a lo propuesto por las mismas, así como la estructura general administrativa del órgano;
j) Aprobar el presupuesto institucional de la Superintendencia Tributaria, a cuyo efecto considerará las propuestas presentadas por las Superintendencias Regionales, para su presentación al Ministerio de Hacienda y su incorporación al Presupuesto General de la Nación;
k) Administrar los recursos económicos y financieros de la Superintendencia Tributaria en el marco de las normas del Sistema Nacional de Administración Financiera y Control Gubernamental;
l) Mantener el Registro Público de la Superintendencia Tributaria, en el que se archivarán copias de las resoluciones que hubiera dictado resolviendo los Recursos Jerárquicos, así como copias de las resoluciones que los Superintendentes Tributarios Regionales dictaran para resolver los Recursos de Alzada;
m) Proponer al Poder Ejecutivo normas relacionadas con la Superintendencia Tributaria y cumplir las que éste dicte sobre la materia;
n) Adoptar las medidas administrativas y disciplinarias necesarias para que los Superintendentes Regionales cumplan sus funciones de acuerdo con la Ley, libres de influencias indebidas de cualquier origen;
o) Fiscalizar y emitir opinión sobre la eficiencia y eficacia de la gestión de las Superintendencias Regionales;
p) Adoptar medidas precautorias conforme lo dispuesto por este Código, previa solicitud de la Administración Tributaria;
q) Realizar los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.